La Educación Médica Continuada y su acreditación: un proceso evolutivo

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Manuel García Abad. Director General. Livemed Iberia.

La Educación Médica Continuada y su acreditación: un proceso evolutivo

05/10/2015
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A partir de 2017, se abrirá un nuevo escenario como consecuencia de la entrada en vigor de la Directiva Europea de Cualificaciones Profesionales que hará obligatoria la educación médica continuada de los profesionales de la salud. La nueva normativa favorecerá la ya importante relación de colaboración entre médicos e industria farmacéutica.

La educación médica continuada (EMC) es una actividad que los médicos siempre han realizado, la mayor parte de las ocasiones a título personal, y que es inherente a la propia naturaleza de la profesión. La continua actualización es la esencia misma del ejercicio médico con el fin último de ofrecer a los pacientes el mejor estándar de calidad en la atención de sus problemas.

La EMC es una formación no reglada, necesaria para el incesante progreso científico y técnico que se está produciendo en las ciencias de la salud, con una incidencia directa en la organización y funcionamiento de la asistencia médico-sanitaria, cada vez más compleja y eficaz. Se define como un proceso de enseñanza-aprendizaje activo y permanente al que tiene derecho y obligación el profesional, que se inicia al finalizar los estudios de grado o de especialización.

La evolución de la sociedad actual ha ido marcando la necesidad de regular y verificar esta actividad formativa de los médicos, siendo Estados Unidos el país que marcó la pauta y el modelo a seguir, instaurando sistemas de acreditación y control de los distintos tipos de educación médica, modelos que fueron aceptados, imitados y asimilados en los países desarrollados de occidente y otras naciones emergentes.

En España, después de unos años de transición desde la formación y acreditación en los hospitales, universidades, colegios de médicos y más tarde con el concurso de las sociedades científicas, el proceso cristalizó en la creación en 1997, y en virtud del Convenio de Conferencia Sectorial, de una entidad la Comisión de Formación Continuada (CFC) del Sistema Nacional de Salud, dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, la cual inició la acreditación, en febrero de 1999, de las actividades formativas en distintas profesiones sanitarias (médicos, farmacéuticos, veterinarios y enfermeras).

La idea, según explicaba Jesús Ramírez, primer presidente de la CFC, era estudiar la situación de la formación continuada no solo en el resto de países de la Unión Europea, sino también en Estados Unidos y dotarla de una  configuración diferente integrando en el seno de una única Comisión toda la representación autonómica competente ante el mundo científico-profesional e implicando a Sociedades Científicas, Comisiones Nacionales de Especialidad y Universidades así como a Colegios Profesionales, excelentes promotores de actividad de formación continuada. El acuerdo adoptado por la Comisión determinó claramente la necesidad de separar inexorablemente el hecho acreditador de la provisión de actividad ya que, se decía, ningún sistema de acreditación tiene que estar contaminado con la provisión de actividad. Y en cuanto a su utilidad ya se intuía que cambiaría el curriculum profesional con la aportación de un sistema homologado de asignación de créditos para la valoración de méritos lo cual daría validez para optar a concursos de plazas, para promociones o para el desarrollo de la carrera profesional. El modelo español no se inspiró en ningún otro aunque realmente se parece mucho al modelo de Estados Unidos si bien se diferencia claramente de éste, en el carácter voluntario del primero.

Delegación del sistema de acreditación
Tras unos años de funcionamiento en solitario del sistema de acreditación, el Ministerio de Sanidad encomendó en 2002 a la Organización Médica Colegial (OMC), representante de los médicos, principales actores de estas actividades, la gestión de la acreditación; para ello se creó SEAFORMEC (Sistema Español de Acreditación de la Formación Continuada), ente integrado por los distintos estamentos que así mismo representan a la profesión médica: la propia OMC, la Federación de Asociaciones Científico-Médicas de España (FACME).

La Conferencia de Decanos de Facultades de Medicina y el Consejo Nacional de Especialidades Médicas (CNE) y constituido por una Comisión de Gobierno integrada por los cooperantes del convenio, un director técnico nombrado por la Comisión, una secretaría técnica y un comité de evaluación constituido por cinco miembros nombrados por la Comisión de Gobierno. Por otro lado, el Comité de Auditorías con el objetivo de desarrollar las normas y baremos.

Con la creación de SEAFORMEC se mejoró sensiblemente la metodología en la evaluación de las actividades adoptando medidas que acercaron el sistema español a los internacionales, en concreto a aquellos con los que existían acuerdos de convenio para el reconocimiento e intercambio de créditos, como con la Unión Europea de Médicos Especialistas(UEMS) y la  American Medical Association (AMA).

Sin embargo y como consecuencia del recurso interpuesto por la comunidad autónoma de Aragón ante el Tribunal constitucional, este organismo dictaminó en 2011 la retirada al Ministerio de Sanidad y Seaformec de las competencias acreditadoras y su traslado a las comunidades autónomas para su implementación en estructuras dependientes de las respectivas consejerías de sanidad.

Desde entonces el proveedor de la actividad formativa ha de someterla a acreditación en la Comunidad en la que reside y los participantes residentes en otras Comunidades ven reconocidos los créditos otorgados.

EACCME, el sistema acreditador europeo
Es el Consejo de Acreditación Europea para la Formación Médica Continuada y fue creado por la UEMS en 1999 con el fin de facilitar el acceso de los especialistas europeos a programas cualificados de FMC, contribuyendo a la calidad de la oferta de esta FMC en Europa y facilitar el intercambio de los créditos de FMC a nivel continental.

Su importancia radica en la dimensión internacional que posee este organismo y su gestión se basa en un órgano de gobierno, council de la UEMS, constituido por representantes de las asociaciones nacionales de los países miembros y un consejo asesor.

Además, existe un secretariado gestionado por la ejecutiva de la UEMS que garantiza el funcionamiento cotidiano del EACCME. El propósito principal de EACCME es facilitar a los médicos europeos el acceso a los eventos de FMC internacionales, otorgando créditos a las actividades organizadas en Europa y permitir a los médicos obtener estos créditos a través de las autoridades competentes en sus países.

Los organismos reguladores nacionales siguen existiendo, por tanto, el EACCME no es un organismo supranacional. La última palabra sobre la acreditación la tienen los respectivos organismos nacionales, donde tiene lugar la actividad formativa en cuestión.

En 2003 Helios Pardell, a la sazón director técnico de SEAFORMEC, abundaba en la importancia del acuerdo con EACCME y su utilidad en las iniciativas individuales de los médicos españoles a nivel internacional en relación con la libre circulación de profesionales en el ámbito europeo o con sistemas de promoción profesional internacional.

Validación Periódica de la Colegiación (VPC)
Recientemente hemos asistido a la creación de este programa por parte de la Organización Médica Colegial. Es un proceso que parte de la consideración de que el acto médico ha de ofrecer la mejor atención al paciente y a la ciudadanía en cada lugar y situación para garantizar a los ciudadanos un modelo de asistencia de calidad contrastada, realizada por profesionales competentes. El quid está, como dice Arcadi Gual, responsable del área profesional de la OMC, en que hay que convencer de que se trata de un proceso muy sencillo, coherente, accesible en beneficio del paciente pero también del propio médico, que queda avalado y respaldado por su corporación, por su grupo científico y, en términos generales, por su comunidad.

El proceso certifica, por periodos de seis años, que la preparación y formación del colegiado supera los requisitos para ejercer como médico. En concreto certifica que el médico no tiene expediente deontológico, acredita que está en aptitud psicofísica idónea para atender a los pacientes, certifica la vida laboral en la empresa en que trabaja y acredita su formación médica continuada, siendo este último requisito opcional. Por tanto, estamos asistiendo a una iniciativa respaldada por las sociedades científicas de cumplimentación obligatoria, en el futuro, por todos los colegios médicos y que va mas allá de la FMC en el sentido de que ésta, es solo uno de los requisitos para la VPC.

2017, inicio de la recertificación obligatoria
El largo camino iniciado en 1997 concluirá veinte años más tarde con la aplicación en 2017 de la Directiva Europea de Cualificaciones Profesionales, que engloba los procesos de Desarrollo Profesional (DP) y Desarrollo Profesional Continuo (DPC) y con lo que se establecerá un sistema de intercambio del reconocimiento mutuo de los sistemas de DPC entre los 28 Estados miembros de la UE para todas las profesiones sanitarias, según ha señalado recientemente Carlos Moreno, director general de Ordenación Profesional del MSSSI.

La Unión Europea, pondrá fin, por tanto, a los diferentes criterios de sus países miembros que durante muchos años ha hecho posible que la EMC fuera obligatoria solo en algunos de ellos y al criterio de voluntariedad de la EMC vigente hasta ahora en España. Todo ello se supone que redundará en beneficio del paciente y de la calidad asistencial y, por supuesto, en su seguridad. En este sentido, la iniciativa sobre la VPC se puede considerar como un adelanto de lo que será la aplicación de la Directiva y como señala Arcadi Gual “Hasta que la VPC no sea VPC-Recertificación”, proceso que se fraguará junto con las Sociedades Científicas, no se podrá certificar que ese profesional es, al cien por cien, competente en su especialidad.

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